Llego un poco tarde al derramamiento de posts sobre
el drama y la muerte de Eluana Englaro. Lastimosamente el debate se ha visto altamente contaminado por posiciones más políticas que cualquier otra cosa (incluyendo a la religión y la Fe). De ahí que la cosa se haya podido saldar prácticamente con arbitrariedad con la aplicación una fórmula "eutanática" (la desconexión) sin discutirse si esto era una salida digna para ella.
¿Que sí? El largo proceso emprendido por el padre de Eluana tuvo como objetivo primordial la busqueda de la legalidad, por lo que las consideraciones sobre la dignidad y la humanidad de la joven quedaron inevitablemente fuera de lugar desplazadas por la demarcación de los límites de "lo humano" tal como requería la ley.
No hace falta darse cuenta qué puertas abre precedentes como este. En virtud a este pragmatismo se puede aplicar la misma solución final a otras personas más o menos enfrentadas a situaciones extremas de toda índole. Bastaría con fijar límites para proceder: no solamente para "lo humano", sino para otras entelequias como "lo soportable", "lo digno", "lo chevere", etc. Ni qué decir sobre los
espectáculos que la proclamación de tales límites conlleva.
¿Había otras opciones? Por supuesto que sí. En mi opinión estuvieron siempre en mano del señor Beppino. El blogger español
Yosoyhayek lo explica así:
1. Suicidio asistido: el hombre decide libremente sobre la continuidad de su propia vida. Cuando no puede, físicamente, infringírsela a sí mismo (suicidarse), no tiene otra opción que pedir ayuda. En esta situación son los colaboradores necesarios, quienes le asisten en su suicidio, los primeros interesados en rodearse de todas las garantías posibles: testigos, fedatarios, declaraciones de voluntad incuestionables emitidas por el que pide ayuda…
2. Declaración de voluntad previa a la conexión para sostenimiento artificial de la vida, o inicio de tratamientos médicos del tipo que sea. Siempre que el afectado esté consciente, su voluntad clara, inequívoca e inmediata obligará a los facultativos o particulares que traten de curarlo o auxiliarlo.
Cuando como resultado de la lesión o la enfermedad pierda la consciencia, a priori, en la medida de lo posible, será obligado cumplir el deseo expreso y perfectamente subsumible a las circunstancias planteadas. En estos casos, aun existiendo declaraciones de voluntad en forma escrita o como fuera, la duda a posteriori radicará en su contenido y la adecuación del mismo a la situación concreta. Existiendo el deber jurídico de socorrer (que no tendría porque haber sido juridificado, ya que es un deber de tipo moral), caben conflictos de interpretación y problemas ulteriores para los auxiliadores, por hacer demasiado o no hacer nada.
Una vez que la persona afectada, inconsciente, es conectada y introducida en un tratamiento específico, aun cuando se conozca a posteriori su expreso deseo previo de no serlo en ningún caso, se genera una situación en la que prima la conservación vital del inconsciente sobre la anterior declaración de voluntad.
3. Paliar el dolor: en todo caso, ante personas inconscientes, en estado irreversible, presumiendo con certeza que no recuperarán el pleno uso de sus facultades mentales como para decidir sobre su situación, cuando el dolor y el sufrimiento padecidos sean inhumanos, quien tenga a su cargo su cuidado, con todas las garantías y supervisión facultativa, podrá sedar al paciente hasta situarlo en niveles asumibles. Si esta sedación conduce a la muerte deberá entenderse como un coste inevitable de paliar el dolor.
Si el afectado está consciente, aunque previsiblemente deje de estarlo en poco tiempo, quien tenga información sobre su estado, deberá comunicársela, así como las posibilidades ulteriores. En todo caso la actuación del facultativo obedecerá a la declaración de voluntad libremente emitida por aquel. Si estuviera inconsciente desde el principio, idéntica información será transmitida a sus familiares y seres queridos, que en todo caso son quienes se encargan de su sostenibilidad, aun cuando deleguen en un facultativo. Nunca, salvo casos de total abandono, es el centro médico o el facultativo el legítimo decisor sobre el estado del paciente.
4. Eutanasia: en sentido estricto, caso extremo del anterior. Sufrimiento tan grave que exige la sedación hasta niveles incompatibles con la vida. En este caso la muerte es la “mejor alternativa” a una vida de terrible sufrimiento. Hablamos siempre respecto a inconscientes irreversibles. Es obvio que el consciente, dicho todo lo anterior, puede elegir qué hacer en cada momento.
5. Asesinato buenista: aprovechando la inconsciencia temporal o irreversible del paciente, se decide hacer o dejar de hacer todo lo necesario para sostener su vida. En estos casos la muerte representa el mismo dolor o sufrimiento que seguir con vida. Cabe plantear este asesinato buenista, tildado de eutanasia interesadamente, también ante personas con merma en su capacidad mental, discapacidades, senilidad o degeneración mental grave. Se decide de forma arbitraria que su vida no merece la pena, no es vida digna, no se les reconoce integridad, y de ese modo, se opta por su eliminación como la mejor o más buena de las soluciones. Puede tener carácter eugenésico o simplemente egoísta.
Si se trataba de una
gran preocupación por el estado de la joven, se pudo haber recurrido a cualquiera de las 4 primeras opciones. La última ignora justamente aquello que supuestamente justificaba el reclamo: el bien de la víctima.
Si se quiere, al señor Englaro le faltó
el sentido del sacrificio que le demandaba el desafío de corresponder con la voluntad de su hija. Podrá haber dedicado tiempo y esfuerzo por "humanizar" la ley. Pero ello claramente no bastaría para humanizar el acto de tomar la vida ajena . Si acaso el ideal de ambos era evitar el "sufrimiento extremo" ¿porqué no recurrió a las otras vías?
Si no se puede soportar el dolor ajeno, si tanto la victima como los otros -supuestamente- coinciden en que es mejor
no vivir así, entonces lo sensato (ante la perdida de la esperanza) no es precisamente echar mano de la ley, sino
manifestar nuestra humana debilidad:
La escena pertenece al filme
Johnny tomó su fusil (Johnny got his gun, 1971) donde un soldado queda invalido, sin capacidad para comunicarse, y abandonado como para completar el cuadro del peor de los suplicios. La deshumanización casi total mostrada en esta obra, si bien es extrema y cae en el absurdo, sirve sin embargo para hacer evidente cual es la respuesta lógica a semejantes planteamientos.
Desgraciadamente Eluana fue muerta no por debilidad humana ante la imposibilidad de restituir su vida plena. Fue muerta por la misma actitud de los rígidos oficiales del filme que prefirieron optar por "lo mejor" según ciertos esquemas, haciendo caso omiso al acontecimiento de una condición humana que siempre persiste a pesar de los más terribles padecimientos.
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